miércoles, 8 de diciembre de 2010

PASOS A SEGUIR PARA PROCEDER A REALIZAR UNA DEMANDA CONTRA MALTRATO Y ABUSO ANIMAL


(Proporcionada por Lic. Gustavo Larios de AMEDEA A. C., Asociación Mexicana por los Derechos de los Animales, A. C.)

Si usted REALMENTE está cansado del maltrato que sufre uno o varios animales a manos de otra persona (sea vecino, conocido, familiar o extraño), de usted y nada más de usted depende que este maltrato se termine al DENUNCIARLO: dé la cara por el animal que sufre día a día golpes, vejaciones y tortura. Los siguientes pasos aplican a casos de maltrato (golpes, abuso, negligencia, tortura, etc.) en el DF y la asesoría es la misma (para cualquier duda por favor escriban al Lic. Larios al correo amedea_ac@yahoo.com.mx):

· Visite la página www.asambleadf.gob.mx y busque leyes; localice y baje la Ley de Protección a los Animales del DF para que la conozca y pueda argumentar ante la autoridad correspondiente, su obligación de atenderle y aplicar la ley.

· El día y hora de la audiencia, acuda puntual en compañía de sus testigos (todos con identificaciones), a los que les consten las circunstancias del maltrato o el asesinato de animales para que declaren ante el juez cívico lo ocurrido. Solicite que se ordene la inmediata mejoría de las condiciones del animal o animales, en: higiene, alimento, agua, atención veterinaria, espacio, paseos con correa, etc. o bien, se ordene el decomiso para que se pongan en custodia de una asociación defensora de animales. Pida que se aplique la ley y se sancione a los responsables con los arrestos y / o las multas correspondientes.

· Si el juez cívico no quiere actuar o hace mal su trabajo, puede denunciar los hechos en la PAOT-DF (en cualquier buscador de internet localiza la página de este organismo de gobierno) para que emita una recomendación, y ante la Secretaría de la Contraloría del Gobierno de la Ciudad, por violaciones a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, pues todo juez cívico está obligado a atender las denuncias ciudadanas por crueldad a los animales, ya que la ley protectora citada así lo establece.


TIPO DE MALTRATO LEY APLICABLE AUTORIDAD COMPETENTE COMO SE DENUNCIA

· Especies protegidas: Las mismas y el Código Penal Federal PROFEPA Y PGR Por comparecencia o presentando denuncia por escrito ante M.P.


· Envenenamiento: Código Penal Federal PGR Por comparecencia o por escrito ante el M. P. Federal


· Peleas (apuestas): Ley Federal de Juegos y S. PGR Por comparecencia o por escrito ante el M. P. Federal

· Fauna de Consumo: Ley Federal de Sanidad Animal SAGARPA Por escrito


· Utilizados en Enseñanza NOM-062 SAGARPA Por escrito


· Utilizados en Experimentación NOM-062 SAGARPA Por escrito


· Sacrificio de todo tipo de animales NOM-033 SAGARPA Por escrito

· Manejo, transporte, comercialización, rastros Buscar Normas correspondientes en página de SAGARPA Por escrito

· Domésticos en general: en D. F. Ley de Protección a los Animales; Ley del Transporte; Ley de Cultura Cívica Delegaciones

Políticas, SETRAVI, y jueces cívicos Por escrito las dos primeras y por comparecencia ante el juez cívico


Dichas normas se pueden conseguir entrando a las páginas www.sagarpa.gob.mx y www.semarnat.gob.mx

Las leyes protectoras estatales de las veintidós entidades del país que cuentan con esa normatividad se pueden encontrar en el capítulo de leyes de las páginas de los Congresos de los Estados correspondientes.

IMPORTANTE: Para los casos que requieren de denuncia por escrito, AMEDEA tiene en su páginawww.amedea.org.mx una sección de consultas jurídicas, en donde se puede bajar un formato que sirve de guía para ello. Para mayor información escriba a Gustavo Larios a amedea_ac@yahoo.com.mx.


ANIMALES ACCIDENTADOS, HERIDOS O ENFERMOS EN LA VÍA PÚBLICA.

En el caso de animales accidentados, heridos o enfermos está también el Comité Pro animal, su página eshttp://www.comiteproanimal.org/ pero para reportes de urgencias (es más fácil que atiendan al teléfono que a un correo electrónico debido a que su trabajo es más de campo que de oficina) su teléfono es 56-40-93-56 o 56-40-93-85. Ellos auxilian a los animales que están en las condiciones antes señaladas y que se considera ya no tienen oportunidad de recuperarse ni opción a una vida digna a través de la eutanasia (muerte humanitaria sin dolor). Para ello cuentan con transporte y técnicos especializados que acuden a su rescate, al recibir cualquier llamada de auxilio.


OTRAS INSTANCIAS A LAS CUALES RECURRIR EN EL CASO DE ABUSO Y EMERGENCIA ANIMAL.

Es importante señalar que se acuda a estas instancias cuando realmente se quiere dar fin a un caso de abuso o atender una emergencia: una vez que hemos tomado la decisión de ayudar al animal que sufre se debe hacer un seguimiento de principio a fin. El dejarlo a medias se traduce tanto en negligencia como en una especie de complicidad de nuestra parte con el agresor. Por último, NO UTILICE ESTOS SERVICIOS PARA HACER BROMAS O SI ESTÁN MAL FUNDAMENTA DOS (si usted tiene problemas con su vecino, ¡resuélvalos de otra manera!, no utilice al animal como víctima o como chivo expiatorio). Quienes trabajan atendiendo reportes de maltrato están saturados de trabajo y en nada les ayuda el desplazarse a un lugar incluso alejado para atender un reporte falso cuando pudieran haber atendido un caso real de vida o muerte.
Por último, para que proceda la ayuda y sea efectiva, usted debe colaborar proporcionando todos los datos que le soliciten.

· Policía de Emergencia Animal: 5722-8821 y conmutador 5242-5300 ext. 8812 y otro también es el 5242-5316 y 5208-9898, todos son del DF.

· Por otra parte, recibimos recientemente el mensaje del encargado de Prevención del Delito para Niños y Jóvenes del Programa Brigada de Vigilancia Animal donde por instrucciones de la Subsecretaría, las denuncias de este tipo deben de realizarse a través del Centro de Atención del Secretario de Seguridad Pública del DF al teléfono 5208-9898 y/o al correocassp@ssp.df.gob.mx; si se hace por esta vía, nos piden se mande COPIA al correo de APASDEM (Asociación de Protectoras de Animales de México) que es apasdem.antirrabicos@gmail.com, con el fin de que ellos también estén enterados, den atención, seguimiento y a la vez una conclusión y otorguen un número de folio.

· Faltas a la Ley de Protección a los Animales en el Distrito Federal: se denuncian los hechos ante el Juez Cívico competente en la delegación correspondiente. Informes: Lic. Antonio Guerra Poceros 04455-5464-3444, 5760-5770 y Lic. Jorge Rogelio Flores Rodríguez, 04455-2498-6947

Para cualquier ayuda o asesoría, por favor consulte los artículos de nuestra página o escriba al correocontacto@alrescate.org

CAESPA A.C., Derechos Reservados, prohibida su reproducción total o parcial sin autorización.

erif"; � O - a @�� Xx� t-family:"Times New Roman";color:#2A2A2A;mso-fareast-language: ES'>Sacrificio de todo tipo de animales NOM-033 SAGARPA Por escrito


· Manejo, transporte, comercialización, rastros Buscar Normas correspondientes en página de SAGARPA Por escrito

· Domésticos en general: en D. F. Ley de Protección a los Animales; Ley del Transporte; Ley de Cultura Cívica Delegaciones Políticas, SETRAVI, y jueces cívicos Por escrito las dos primeras y por comparecencia ante el juez cívico


Dichas normas se pueden conseguir entrando a las páginas www.sagarpa.gob.mx y www.semarnat.gob.mx

Las leyes protectoras estatales de las veintidós entidades del país que cuentan con esa normatividad se pueden encontrar en el capítulo de leyes de las páginas de los Congresos de los Estados correspondientes.

IMPORTANTE: Para los casos que requieren de denuncia por escrito, AMEDEA tiene en su páginawww.amedea.org.mx una sección de consultas jurídicas, en donde se puede bajar un formato que sirve de guía para ello. Para mayor información escriba a Gustavo Larios a amedea_ac@yahoo.com.mx.

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